La apertura y funcionamiento de un centro veterinario de atención canina requiere que la dirección facultativa la desempeñe un profesional veterinario titulado y colegiado y que todo el ejercicio de la actividad clínica se lleve a cabo por este tipo de profesionales, aunque la titularidad puede corresponder a cualquier persona o entidad.
El consultorio debe comprender al menos:
• Sala de recepción o espera.
• Sala para consulta de pequeñas intervenciones médico-quirúrgicas, con mesa de exploración, de iluminación adecuada y con agua fría y caliente.
• Materiales médico-quirúrgicos e instalaciones necesarias para las actividades que se realicen.
• Un lector homologados de microchips.
La clínica debe comprender las descritas para el consultorio y además las siguientes:
• Quirófano independiente, con medios de preanimación y, gases medicinales.
• Equipos de esterilización para instrumental y material quirúrgico.
• Laboratorio que incluya microscopio y medios para análisis clínicos.